Guia de trabajo

¿Quién paga la baja laboral?

¿Qué es la baja laboral?

Hablamos de baja laboral a esa situación en la que el trabajador está imposibilitado para trabajar. Las razones para esta situación pueden deberse a padecer algún tipo de enfardad común o profesional e incluso por un accidente laboral o no.

En necesario que durante la baja laboral, la persona cuente con la debida asistencia médica. Esta consulta y posterior revisiones será quien determine el tiempo de baja de la persona.

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Por lo general, hablamos de un tiempo limitado, de máximo un año. Sin embargo esto puede ser prorrogable por INSS por 6 meses más. Esto en los casos de no contar con una recuperación completa.

Ahora bien, durante este período de baja el contrato laboral del trabajador queda suspendido. A su vez este tiene derecho a recibir una compensación económica que le ayudará durante su período de inactividad. Pero a quién le corresponde pagarle al trabajador. Veamos más sobre esto.

¿Quién paga la baja laboral?

Primero que todo es necesario determinar si estamos ante una incapacidad temporal por contingencia común o por una profesional. Veamos ambas:

Incapacidad temporal por contingencias comunes

Hablamos aquí de aquella baja que se provocó por enfermedad común o que no fue por motivos laborales. En este caso la baja comienza a cobrarse a partir del cuarto día. Se tiene entonces que los tres primero días que se cobren se harán con normalidad, eso a menos que el Convenio Colectivo dicte algo diferente.

Sin otras novedades la baja laboral pagará:

  • A partir del día 4 hasta el 15 de la baja, ambos incluidos, se le abonará al trabajador un 60% de la base de cotización del mes anterior a la baja. ¿Quién paga la baja laboral en este momento? La empresa será la encargada de hacer el pago.
  • Ya desde el día 16 hasta el 20, se percibirá un 60%. ¿A quién corresponde pagar la baja laboral en este momento? El pago será realizado por la Mutua o el INSS (depende de las coberturas que tenga contratadas la empresa).
  • Ya desde el día 21 hasta que se produzca el alta médica, se abonará el 75% de la base de cotización. ¿Quién paga la baja laboral para este período? Nuevamente la encargada será la Mutua o el INSS.
  • Incapacidad temporal por contingencias profesionales

    En los casos en los que baja laboral sea por contingencias profesionales, causadas por un accidente dentro de la compañía, en vía a ella o por una enfermedad relacionada la actividad laboral, pasamos entonces a recibir otros montos:

  • El trabajador percibe en estos casos el 75% de la base desde el día 1. En este casi quien paga la baja laboral será la empresa, correspondiendo el abono el primer día.
  • Seguidamente, desde el segundo día, a quién le corresponde pagar la baja laboral será a la mutua Esto hasta el alta del trabajador.
  • ¿Cuáles son los requisitos para obtener la baja laboral?

    Será necesario que cualquier trabajador en esta situación, cumpla con los siguientes requisitos y características para que pueda disfrutar de su baja médica:

  • Estar afiliado a la Seguridad Social, o bien en alta o asimilado al alta.
  • Si la baja se deriva de enfermedad común, el trabajador debe tener cotizado 180 días dentro de los 5 años anteriores.
  • Cuando la baja es por accidente, ya sea laboral o no o incluso por accidente profesional, entonces no será necesario un período previo de cotización.
  • ¿Qué obligaciones tienen el trabajador y la empresa durante la prestación?

    Durante este período de baja laboral, tanto el trabajador como la empresa deben cumplir una serie de obligaciones. Veamos más sobre esto:

    Obligaciones del trabajador

  • Es necesario que el trabajador presente a la empresa el parte de baja durante los primeros tres días. Y debe solicitar el respectivo parte de baja en las primeras 24 horas luego de su accidente o de determinada su enfermedad.
  • El necesario que el trabajador se someta a su respectivo tratamiento o reposo médico prescrito.
  • El trabajador no podrá ejercer ningún tipo de trabajo durante su incapacidad. Ni por cuenta propia o ajena.
  • Presentarse a los reconocimientos médicos correspondientes es obligatorio.
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    Obligaciones de la empresa

  • La empresa está en la obligación de pagar aquellos períodos que le corresponda hacer.
  • Tener la cotizaciones al día: 545 (365+180 días).
  • Hacer las respectivas retenciones correspondientes a efectos del IRPF.
  • Mantener en reserva el puesto del trabajador de baja.
  • Debe remitir en no más de 5 días los partes médicos al INSS o a la Mutua.
  • ¿Puede perderse el derecho a la baja laboral, cómo se pierde este?

    En efecto sí se puede perder la prestación por incapacidad temporal, incluso esta puede llegar a anularse o denegarse. También se da el caso de que la misma se extinga. Ahora bien cuándo se dan estos casos, veamos:

    Pérdida y suspensión

    Para que se dé el caso de suspensión, pérdida o anulación de la prestación se debe dar alguno de estos casos:

  • Si se detecta que el trabajar efectuó alguna acción fraudulenta para obtener dicho beneficio o conservar la prestación.
  • En los casos de detectar que el trabajador estuvo trabajando por su cuenta o ajena durante su baja laboral.
  • Cuando el trabajador se ha negado a someterse a los tratamientos médicos respectivos. Incluso cuando los abandone sin una causa razonable para ello.
  • En los casos en los que el trabajador no comparece a las convocatorias de reconocimiento médico correspondientes.
  • En estos casos la prestación queda suspendida hasta que se realicen las debidas averiguaciones y determinar si la incomparecencia, en esto dos últimos casos, es justificada o no.

    Extinción

    Para que una prestación por baja laboral quede extinguida, deben darse algunos de estos casos:

  • Haber transcurrido el plazo máximo de 545 días, es decir un año y la prórroga de 6 meses.
  • Cuando se da la curación o mejoría y por ende el alta médica.
  • En los casos en que se reconoce la pensión de jubilación al trabajador.
  • En los casos en los que el trabajador fallezca.
  • Para los casos en los que las convocatorias de revisión y reconocimiento médico, el trabajador no comparezca sin causa justificada.
  • Como vemos, es importante estar atentos a todos estos factores que determinen las condiciones para que se dé la baja médica conforme a los que SS requiere. Y que, además, se cumpla con lo debido para que quien pague la baja laboral, empresa o Mutua pueda cumplir a cabalidad con las obligaciones ante el trabajador.

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