Requisitos para solicitar el subsidio para mayores de 55 años

Si estás buscando toda la información sobre el subsidio para mayores de 55 años en Galicia, en este artículo te contestamos a todas las preguntas.

Aquellas personas que tengan 55 años o más, ya no tengan una prestación contributiva porque se les haya terminado, podrían optar a una prestación especial que pagaría hasta la jubilación.

¿Qué es el subsidio para mayores de 55 años?

Esta prestación está incluida dentro del Servicio de Galicia de Empleo. Esta reservada para quienes hayan cumplido 55 años y más, están en situado de desempleo y reciban ingresos que no se consideran suficiente para vivir (tendrán que acreditarlo). Aquellos beneficiarios de la misma la seguirán cobrando como hasta ahora. Sin embargo, tenemos importantes novedades al respecto: se están aprobando expedientes de a partir de 52 años, lo que supone una reducción muy importante de la edad.

La ventaja de este subsidio es que, además de suponer la concesión de una cuantía económica, también se cotizará a la SS hasta que llegue el momento de la cotización.

El subsidio para mayores de 55 años es una ayuda que se va ingresando mes a mes, hasta que se llegue a la edad para jubilarse. Las cotizaciones del subsidiario serán abonadas por instituciones como el SEPE o el Instituto Social de la Marina, y estas se ingresarán en la Seguridad Social.

Podría darse el caso de que el subsidiario no haya cotizado lo suficiente para alcanzar una pensión. En este caso, es posible solicitar un Convenio Especial a la SS; este recurso permite completar las cotizaciones que se necesiten.

¿Quién puede acceder a la ayuda de mayores de 55 años o más?

En principio, es una ayuda que se concede a mayores de 55 años que hayan terminado con su prestación de desempleo. Sin embargo, existen una serie de requisitos que se deben cumplir para acceder a la ayuda.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar el subsidio para mayores de 55 años?

  • Estar en situación de desempleado y tener esta condición mientras se perciba la ayuda.
  • Tener 55 años o más (aunque se está empezando a conceder a partir de los 52 años).
  • No tener derecho a solicitar el subsidio de desempleo contributivo.
  • Contar con unos ingresos inferiores al SMI. Computarán todos los ingresos de la unidad familiar a la hora de considerar si se cumple o no con este requisito.
  • La firma del acuerdo de actividad.
  • Otros requisitos

    Además de tener 55 años cuando se haya terminado el subsidio de desempleo, el solicitante también debe encontrarse en una de esta situaciones:

  • Ya no percibe un subsidio de desempleo contributivo.
  • Estar cumpliendo una pena de libertad privativa superior a 6 meses y no poder acceder a ninguna prestación de desempleo.
  • Estar desempleado y no cubrir con el periodo que se estipula para alcanzar una prestación contributiva. Si esta fuera la situación, se necesitará un periodo mínimo de 3 meses.
  • Haber superado una discapacidad grave o incapacidad permanente y haber sido declarados como parcial o totalmente inválidos.
  • Si se cumple con algunas de las condiciones ya citadas, el solicitante podría tener derecho a la ayuda en el caso de que se le haya terminado su prestación por desempleo y no tenga derecho a otra prestación porque no cumple con las condiciones establecidas (por ejemplo, por falta de ingresos).

    Además de cumplir con estos requisitos, tendremos que hacer demostración cada año de que los ingresos que se reciben no son superiores al 75% del SMI.

    Importante: si no se hace la aportación correspondiente, o si excedemos la fecha límite, podríamos ver interrumpida la prestación, incluso hasta anulada.

    Proceso para solicitar la prestación para mayores de 55 años

    El organismo que se encarga de la tramitación de esta ayuda es el SEPE. La ayuda la echaremos en sus oficinas físicas, aunque también se puede hacer todo el proceso de manera telemática.

    Documentos necesarios

  • Formulario de Solicitud de Desempleo. En el mismo habrá que marcar la casilla de Mayor de 55 años. El formulario se puede descargar online.
  • Identificación: junto con el formulario anterior se tendrá que aportar el Documento Nacional de Identidad, el Pasaporte a través del Documento de Identidad de Extranjero o TIE para extranjeros de la Unión Europea, o e el TIE + Pasaporte para extranjeros no residentes en la Unión Europea.
  • Libro de familia: dependiendo de cada situación, es posible que se requiera también del libro de familia.
  •  Plazos

    La solicitud del subsidio para mayores de 55 años se debe iniciar cuando haya pasado un mes después de haberse quedado sin trabajo. A partir de ese mes, tenemos 15 días laborales para hacerlo.

    Si nos hemos quedado en el paro, pero no tenemos derecho a prestación, se establece un periodo de 15 días laborales a partir del momento de la extinción del contrato.

    Todos estos trámites se pueden llevar a cabo de forma física o mediante correo.

    Duración

    La duración del subsidio para mayores de 55 años se alarga hasta la edad de jubilación. Eso si, habrá que mantener las mismas condiciones para seguir cobrándola.

    Cuantía

    La cuantía que se cobra será de 430.27 mensuales, en 2021, que equivale a un 80% del IMPREM. Sin embargo, la cuantía puede ser más reducida si la jornada de trabajo ahora es parcial y no completa.

    Pago

    El pago se llevará a cabo entre los 10-15 días de cada mes. En ese mismo periodo también se llevarán a cabo las cotizaciones pertinentes a la SS.

    ¿Los autónomos pueden acceder a la ayuda?

    Si, los autónomos también pueden acceder al subsidio para mayores de 55 años. Para ello, tendrá que optar a la modalidad de multiempleo o haber pagado un seguro de desempleo durante un tiempo mínimo de 6 años a lo largo de su historia laboral.

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